SCJN invalida prisión preventiva contra defraudación fiscal y uso de facturas falsas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la prisión preventiva de oficio establecida por los delitos de contrabando, defraudación fiscal y uso de facturas falsas.

Por mayoría de 8 votos, los ministros de la SCJN analizaron las acciones de inconstitucionalidad presentadas por senadores de la oposición y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

La propuesta fue realizada el pasado 8 de noviembre de 2019 en contra del artículo 5, fracción XIII de la Ley de Seguridad Nacional, así como:

  • El artículo 167 párrafo séptimo, fracciones I, II y III del Código Nacional de Procedimientos Penales
  • El Artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación.

Artículos en los que se habían agregado los delitos fiscales en el listado de delitos que merecen prisión preventiva de oficio.

Los delitos de contrabando, defraudación fiscal y uso de facturas falsas también se encontraban incluidos en el catálogo de conductas de delincuencia organizada, por ser considerados un riesgo a la seguridad nacional.

Prisión preventiva oficiosa viola derechos humanos, señala Arturo Zaldívar

El Ministro Presidente, Arturo Zaldívar, señaló que la prisión preventiva oficiosa viola derechos humanos.

Pese a que se considere que los delitos ponen en peligro la seguridad nacional, Arturo Zaldívar calificó de “inconvencional” la acción de dictar prisión preventiva oficiosa.

“No se puede estar ampliando simplemente el catálogo de delitos que merecen prisión preventiva oficiosa. No se trata de no acatar la constitución sino de tomarnos en serio los derechos humanos que son parte del artículo primero constitucional”: Arturo Zaldívar.

Finalmente, el Ministro Presidente de la SCJN destacó que el peligro procesal no puede presumirse, sino más bien tiene que justificarse.

Los ministros consideraron que con esta reforma el poder legislativo excedió sus facultades al extender la prisión preventiva de oficio a delitos no contemplados en el artículo 19 de la Constitución federal.

Durante la sesión del Pleno de la SCJN, los ministros emitieron votación definitiva sobre estos puntos, quedando pendientes de analizar las reformas:

  • A la ley de Delincuencia Organizada
  • Al Código Fiscal de la Federación
  • Además del argumento de que con estas modificaciones el Congreso de la Unión estableció una regresión legislativa, lo que resulta inconstitucional.

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