
El presidente del Colegio Nacional de Abogados Penalistas, Gilberto Farías Morales expresó su opinión sobre el caso del preso político José Manuel del Río Virgen.
Aseguró que a pesar de que el juez décimo de distrito con residencia en Xalapa, Veracruz, concedió un amparo a José Manuel del Río Virgen esto no implica su inmediata libertad pues la fiscalía tiene un plazo de 10 días hábiles para interponer el recurso de revisión contados a partir de que le sea notificada la sentencia de amparo.
El amparo a favor del preso político es para que el juez de control que lleva el proceso deje insubsistente el auto de vinculación que lo tiene privado de su libertad y en su lugar dicte un auto de no vinculación al proceso y obtenga su libertad.
José Manuel del Río Virgen podría obtener su libertad hasta que se ejecute la sentencia lo que ocurrirá una vez que se confirme por un Tribunal Colegiado de Circuito. Esto puede ocurrir en un plazo de cuatro o seis meses aproximadamente, pues desafortunadamente la impartición de justicia en este país es lenta.
“Como abogado penalista creo yo que la sentencia de amparo debió ser para efectos inmediatos de su libertad personal, tal como ocurrió con los seis jóvenes que fueron detenidos por ultrajes a la autoridad pues se trata de una sentencia consesoria de amparo que resuelve el fondo del mismo respecto de una persona que está privada de su libertad personal, a la cual no se le demuestra el delito que se le acusa, luego entonces el amparo debió ser con efectos inmediatos de su libertad por violación a sus derechos constitucionales y no quedar sujeto a una revisión”, expresó el presidente del Colegio Nacional de Abogados Penalistas, Gilberto Farías Morales.