
𝗘𝘅𝗶𝗴𝗶𝗿 𝗰𝗼𝗻𝘀𝘁𝗮𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗱𝗲 𝘀𝗶𝘁𝘂𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝗳𝗶𝘀𝗰𝗮𝗹 𝗽𝘂𝗲𝗱𝗲 𝗰𝗼𝘀𝘁𝗮𝗿 𝗵𝗮𝘀𝘁𝗮 𝟭𝟮𝟮 𝗺𝗶𝗹 𝗽𝗲𝘀𝗼𝘀 𝗮 𝗰𝗼𝗺𝗲𝗿𝗰𝗶𝗼𝘀 𝘆 𝗽𝗮𝘁𝗿𝗼𝗻𝗲𝘀
❌No es obligatorio presentar constancia fiscal para facturar o recibir nómina: SAT
Portal Veracruzano Noticias
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que aplicará multas que pueden alcanzar hasta los 122 mil 440 pesos a comercios, industrias y patrones que continúen exigiendo la constancia de situación fiscal como requisito para emitir facturas, recibos fiscales o realizar pagos de nómina, ya que dicho documento no es obligatorio.
De acuerdo con el organismo recaudador, condicionar la emisión de una factura o el pago de un servicio a la entrega de la constancia de situación fiscal constituye una infracción prevista en el Código Fiscal de la Federación, la cual contempla sanciones económicas que van desde 21 mil 240 hasta 122 mil 440 pesos.
Así lo dio a conocer José Miguel Ricaño Hernández, administrador Desconcentrado de Servicios al Contribuyente del Distrito Federal 4 del SAT, quien reiteró que en ningún caso los contribuyentes están obligados a presentar este documento para recibir una factura o el pago de su nómina.
“El pedir la constancia de situación fiscal para emitir una factura es una práctica indebida. Con los datos fiscales básicos es suficiente para que cualquier emisor pueda generar un comprobante”, explicó el funcionario.
Precisó que los únicos datos que deben proporcionarse son la clave del RFC, nombre o razón social, código postal y el régimen fiscal, sin necesidad de presentar la constancia de situación fiscal.
En el caso específico de los pagos de nómina, Ricaño Hernández subrayó que los patrones tampoco pueden exigir dicho documento a sus trabajadores, ya que existen facilidades administrativas que les permiten solicitar directamente al SAT la información necesaria para realizar el timbrado correspondiente.
Asimismo, aclaró que los trabajadores ya no tienen la obligación de acudir a las oficinas del SAT ni de generar en línea la constancia de situación fiscal para cumplir con este trámite.
El funcionario también señaló que, aunque muchos contribuyentes acuden a las oficinas del SAT solicitando una constancia con fecha reciente, este documento no tiene vigencia ni valor probatorio fiscal, por lo que una constancia emitida años atrás sigue siendo válida siempre y cuando los datos del contribuyente no hayan cambiado.
“Si una persona tiene una constancia de situación fiscal de hace cinco años y su información sigue siendo la misma, ese documento continúa siendo útil para fines prácticos”, concluyó.