
TEV amplía plazo para la creación de partidos políticos locales
En Sesión Pública, las magistraturas que integran el Pleno del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), revocaron el acuerdo OPLEV/CG415/2025, emitido por el Consejo General del OPLE Veracruz, mediante el cual se desahogaron las peticiones formuladas por las asociaciones políticas en la entidad que aspiran a constituirse como partidos políticos locales.
n dicha sentencia, se consideró que el OPLE Veracruz debió tomar en cuenta que, durante los periodos de campaña, veda electoral, jornada y cómputos municipales, existió una imposibilidad material para que las asociaciones políticas que aspiran a ser partidos políticos locales realizaran sus asambleas, razón por la cual se debió otorgar un plazo para dichas actividades.
En consecuencia, el OPLE Veracruz deberá emitir un nuevo pronunciamiento acorde a lo establecido en la sentencia con el fin de maximizar el derecho de asociación política para las organizaciones aspirantes (TEV-JDC-458/2025 y Acumulados).
En otro asunto, el Pleno del TEV declaró la inexistencia de la vulneración de las normas de propaganda electoral, así como del uso indebido de los recursos públicos, denunciadas por el partido político MORENA en contra del otrora candidato del Partido Revolucionario Institucional (PRI) a la Presidencia Municipal del Ayuntamiento de Orizaba, Veracruz. En la sentencia, se consideró que si bien se acreditó la existencia de la propaganda denunciada, lo cierto es que ello no infringió la normativa electoral porque no impidió la visibilidad de personas conductoras y peatonas (TEV-PES-217/2025).