Enfermeras y #enfermeros podrán recetar medicamentos en #México; esto debe tener la receta 📹

*El acuerdo de la Ssa permite que licenciados en enfermería prescriban medicamentos bajo tres modalidades, siempre y cuando presten servicio en el Sistema Nacional de Salud

Un nuevo acuerdo de la Secretaría de Salud (Ssa), expedido en octubre de 2025, reconoce formalmente a los licenciados en enfermería como personal con capacidad para emitir prescripción de medicamentos.

Este ajuste responde a la necesidad de llevar la salud a cada rincón del país, especialmente en zonas con disponibilidad limitada de personal médico.

¿Qué enfermeros podrán prescribir recetas médicas y dónde lo harán?
El nuevo lineamiento, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) tiene como objeto determinar el procedimiento y los criterios para prescribir medicamentos.

No todos los profesionales de la salud están incluidos. De hecho, solo podrán hacerlo los profesionales que prestan servicio en el Sistema Nacional de Salud.

Personas con licenciatura en enfermería: Facultadas para realizar una valoración clínica completa y prescribir medicamentos.

Pasantes en servicio social: Pasantes en servicio social, de enfermería y de medicina, medicina homeopática, cirujano dentista y veterinaria, también están autorizados, limitados a su respectiva área de competencia.

Los pasantes de enfermería pueden prescribir solo si no hay un médico o licenciado en enfermería presente, o para dar continuidad a un tratamiento ya indicado.
Lugares de prescripción: Solo podrán hacerlo si prestan servicio en instituciones que brinden servicios de Atención Primaria de Salud (APS), incluyendo unidades móviles, brigadas, y programas comunitarios.

¿Qué medicamentos podrá prescribir el personal de enfermería?
La Ssa deja claro que la prescripción debe ajustarse únicamente a los medicamentos que se encuentren en el Compendio Nacional de Insumos para la Salud. Los licenciados en enfermería operarán bajo tres modalidades clave.

Modalidad Inicial o Autónoma (I): La enfermera puede autorizar medicinas sin la intervención de un médico (Analgésicos comunes como Paracetamol o Ibuprofeno).

Modalidad Colaborativa (C): La prescripción se gestiona junto con el profesional de medicina (ciertos medicamentos para cardiología como amlodipino o insulina).

Modalidad ERA/EPA (Rol Ampliado/Práctica Avanzada): Reservada para enfermeras con capacitación o maestrías específicas y experiencia avanzada.

Grupos terapéuticos: La lista incluye fármacos de 22 grupos terapéuticos, como analgesia, cardiología, enfermedades infecciosas, ginecología, además de vacunas y nutrición.

¿Qué información debe incluir la receta que el personal de enfermería prescriba?
Una receta emitida por enfermería debe ser un documento riguroso y completo, siguiendo el formato institucional. Además de ser entregada libre de alteraciones o enmendaduras, debe cumplir con datos específicos:

Datos del profesional: Nombre completo, número de cédula profesional, profesión, Institución de educación superior y firma.

Domicilio completo de la institución de salud de atención médica donde se prestan los servicios.
Fecha y vigencia: La fecha de emisión y la vigencia del documento.
Detalles del fármaco: Denominación genérica del medicamento, clave del Compendio Nacional de Insumos, dosis, frecuencia y tiempo de duración del tratamiento.

Datos del paciente: Nombre completo, fecha de nacimiento, peso y edad.

Modalidad obligatoria: Debe indicar si la prescripción fue inicial o colaborativa. Si fue colaborativa, se debe incluir el nombre y cédula del profesional de salud que autorizó el tratamiento inicial.

Este acuerdo, que entra en vigor al día siguiente de su publicación, responde a la cobertura en salud. Es necesario recordar que solo el personal de enfermería en centros de salud en México puede emitir recetas médicas.

Con información de: Excélsior

CD/GH

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