Farías defiende a Yoli García, ex delegada del IVAI

El presidente del Colegio Nacional de Abogados Penalistas, Gilberto Farías Morales aseguró que es inconstitucional la medida cautelar de prisión preventiva justificada que le impusieron a la ex delegada del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información, Yolli García pues el artículo 19 de la Constitución General de la República Mexicana establece que corresponde a la fiscalía solicitar al juez la prisión preventiva oficiosa o justificada cuando no sea posible por otras medidas garantizar la comparecencia a juicio del imputado.

Farías Morales agregó que en el caso de la ex delegada del IVAI Yolli García el fiscal solicitó al juez de control la prisión preventiva justificada bajo el argumento de que había un riesgo de fuga de la imputada, pero no acreditó de manera alguna este argumento. 

Por esta razón se violó en su perjuicio lo establecido en el artículo 156 del Código Nacional de Procedimientos Penales el cual establece que el juez para fijar las.medidas cautelares debe tomar en cuenta los argumentos que las partes le ofrezcan y desde luego la justificación de la medida así mismo el juez debe fundar y motivar de manera justificada la razón por la que impone la medida cautelar siendo la prisión preventiva la más extrema y lesiva para el imputado, lo cual a consideración del abogado penalista es una medida excesiva para la ex funcionaria. 

“En el asunto que comentamos no se justifica ni el riesgo de fuga ni la prisión preventiva justificada toda vez que los delitos que se le imputan como son el ejercicio indebido del servicio público, abuso de autoridad y colisión no la ameritan ni son considerados como graves, por lo que partiendo de esa naturaleza no se le puede imponer la prisión preventiva justificada y no hay razón para mantenerla en prisión, de que sea responsable o no, eso es otra cosa, en justo derecho ella debe enfrentar su proceso en libertad”, concluyó el presidente del Colegio Nacional de Abogados Penalistas, Gilberto Farías Morales.   

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